Detectores de Radar/ Inhibidores Laser/ Avisadores GPS
La ley hace una distinción entre aquellos dispositivos que
detectan o interfieren en las frecuencias de los radares (detectores de radar e
inhibidores laser) y los que simplemente localizan los sitios donde estan
instalados los radares (avisadores vía GPS).
Los primeros, los detectores de radar y inhibidores
laser, no estan permitidos y según el articulo 18 del codificado de
trafico, conllevan 150€ de multa y la perdida de 2 puntos del carnet.
Este tipo de dispositivos agrupan a cualquier mecanismo encaminado a eludir los
controles de velocidad que, o bien detectan sus frecuencias para alertar de
estos en las proximidades (detectores de radar), o bien interfieren con estos
para evitar su correcto funcionamiento y así poder evitar que nos capten la
velocidad (inhibidores laser).
Mientras que los localizadores vía GPS, que
solo contienen una base de datos con las localizaciones de los sitios donde
estan instalados los radares basados en información que trafico hace publica de
estos, estan permitidos ya que ni detectan las frecuencias de
los radares ni interfieren con ellos. Estos pueden ser PDAs o SmartPhones con
GPS con los puntos de radar, avisadores de radar GPS propiamente dichos, o
navegadores del automóvil con los puntos de radar.

Esta es la graduación actual de las sanciones por exceso de
velocidad desde la implantación del permiso por puntos por la Guardia Civil:
Este es el baremo que se emplea en Cataluña

Y
este el que se emplea en el Pais Vasco:

Nos han preparado un modelo de escrito de identificación
negativa por si nos queremos negar a identificar al conductor cuando nos
llegue una multa: Por su eventual interés general, pongo un modelo de
escrito de identificación negativa de conductor. Es un fichero comprimido que
contiene a su vez un archivo .doc para Word.
Tened en cuenta que deberéis reemplazar las expresiones entre corchetes
"[ ]" con los datos correspondientes, y que hay que adjuntar una
fotocopia del escrito de requerimiento.
El escrito -original y una copia- deberá ser presentado en el Registro
General de la Jefatura
de Tráfico competente, donde os devolverán la copia sellada.
Si lo preferís, también puede ser enviado por correo administrativo
certificado, lo que quiere decir que habrá que personarse en Correos con el
original y una copia, y un sobre abierto donde conste la dirección de la Jefatura de Tráfico en
cuestión. Indicáis al en el mostrador que es un certificado administrativo,
con lo que introducís el original en el sobre, lo cerráis, se lo dáis a la
persona que os atiende, y ésta os sellará la copia."
Descargar:
Escrito Trafico - No Identificacion.zip
nos facita un escrito de "petición previa" de documentos
necesarios para poder preparar las alegaciones, una copia de la foto y el
certificado de verificación del cinemómetro. Al no ser un recurso, sino una
una petición previa, no pueden tratarla mecanicamente como sí pueden hacer
con un recurso, sino que deben resolverla específicamente. Y podréis preparar
las alegaciones con mayor fundamento, ya que sabes qué puedes alegar.
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informacion del acompañero TONI TDI
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los enlaces no funcionan :(
ResponderEliminarhola es al web de trrafico y por lo que sea han sido eliminados,cuandom esten de nuevos activos los publicaremos
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